La Agencia Tributaria ha iniciado una campaña para informar de las ventajas del régimen de IVA de caja, que permite que autónomos y pymes paguen el impuesto al cobrar la factura y no cuando la emiten.
Se trata de una reclamación histórica de las empresas. La ofensiva informativa de Hacienda se produce después de que el departamento de Cristóbal Montoro prorrogara hasta el 31 de marzo el plazo para acogerse al IVA de caja que, en un primer momento, finalizaba el 31 de diciembre de 2013.
Según ha podido saber Cinco Días, entre febrero y marzo, la Agencia Tributaria organizará más de 70 sesiones informativas en todas las comunidades, salvo Canarias y los territorios forales de País Vasco, Navarra. Además, la semana pasada empezó a remitir cartas informativas a más de 300.000 contribuyentes que, por sus características, les resulta especialmente interesante el nuevo régimen.
Fuentes de Hacienda indican que el IVA de caja beneficia sobre todo a pymes y autónomos que son proveedores de la Administración, que suele pagar con retraso y no tienen derecho a deducción.
Los contribuyentes con clientes morosos o aquellos que repercuten más IVA que el soportado son colectivos que la Agencia Tributaria considera especialmente susceptibles de adherirse al nuevo régimen. En este grupo también entran los arrendadores de locales que cobran y repercuten el impuesto mensualmente.
Todas las pymes que facturen menos de dos millones de euros pueden aplicar el IVA de caja. Los potenciales beneficiarios ascienden a 2,3 millones de contribuyentes; sin embargo, hasta el 31 de diciembre muy pocas empresas se acogieron al régimen. Hacienda confía en que la campaña informativa eleve el número de adhesiones hasta el 31 de marzo, cuando finaliza el plazo El IVA de caja se incluyó en la Ley de Emprendedores que se aprobó en septiembre y, en primer momento, generó más recelo que entusiasmo.
Es cierto que el régimen permite que autónomos y pymes no ingresen el impuesto hasta cobrar la deuda. Sin embargo, cuando actúan como clientes, tampoco pueden deducirse el IVA hasta pagar la factura. Esta es la parte negativa de la ecuación. Por otra parte, las grandes empresas no pueden acogerse al IVA de caja y, por lo tanto, preferirán relacionarse con proveedores que no estén acogidos al nuevo régimen. En caso contrario, no podrán deducirse el impuesto hasta abonar las facturas.
El sistema de tributación tampoco tiene interés para los comercios que venden al consumidor final y, por lo tanto, suelen cobrar en el mismo momento en el que efectúan la venta. Por otra parte, acogerse el IVA de caja implica revisar y actualizar los sistemas informáticos y de contabilidad de las empresas.
La Agencia Tributaria, para no perder el control sobre el impuesto, obliga que las compañías adheridas incluyan dos nuevos campos en los libros registro de IVA: el momento del cobro o del pago y el medio utilizado para liquidar la deuda. En cualquier caso, Hacienda confía en que la ampliación del plazo y la campaña divulgativa eleve el ritmo de adhesiones entre aquellas empresas en que los beneficios del IVA de caja pesan más que los inconvenientes.
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