domingo, 24 de febrero de 2013

Fomentar el empleo

Si importante es incentivar el emprendimiento y la iniciativa jóven, creo que por las características de nuestro estructura social y laboral, "hundido" en una continua precariedad, hemos separado esta noticia del "FOMENTO AL EMPLEO".



Entre las iniciativas aprobadas, algunas de ellas anunciadas ya por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, se encuentra la creación del llamado 'contrato generaciones', por el que los jóvenes que contraten a parados de larga duración mayores de 45 años disfrutarán de una reducción del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social durante el primer año. Esta medida estará vigente hasta que la tasa de paro baje del 15%.


La norma contempla además la posibilidad de que los menores de 30 años puedan compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia durante un máximo de nueve meses.


Asimismo, los jóvenes menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación por desempleo en un único pago para hacer una aportación al capital social de una sociedad mercantil con la que tengan una relación laboral de carácter indefinido, o para adquirir asesoramiento, formación e información, o para los gastos de constitución de una sociedad.


Tal y como ya estaba anunciado, se establecerá una 'tarifa plana' a la Seguridad Social de 50 euros durante los primeros seis meses para los jóvenes menores de 30 años que inicien su propio negocio. Durante los dos años y medios siguientes disfrutarán también de bonificaciones, todo ello, ha dicho la vicepresidenta, para proporcionar "un colchón" a los jóvenes que se lancen al autoempleo.


Asimismo, y tal como anunció Rajoy en el Debate sobre el estado de la Nación, habrá bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social a las empresas que den trabajo a menores de 30 años, sin experiencia laboral, bajo la fórmula del contrato a tiempo parcial con vinculación a la formación mientras la tasa de paro supere el 15%. La reducción de cuotas será del 75% para las empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto.


Habrá incentivos también, de entre 500 y 700 euros anuales, para convertir contratos temporales en indefinidos cuando se hagan a jóvenes menores de 30 años, sin experiencia laboral, y se incentivarán también los contratos en prácticas para el primer empleo dirigido a jóvenes de hasta 30 años con una reducción de cuotas de hasta el 50%.


Además, se habilita a las empresas de trabajo temporal a formalizar contratos para la formación y aprendizaje, y se concederán bonificaciones del 100% en las cotizaciones por contingencias comunes durante el primer año cuando los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores contraten de manera indefinida a parados menores de 30 años.


Este paquete de iniciativas y algunas más forman parte de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016, que contempla en total un centenar de medidas: las de carácter más urgente, que tendrán un coste aproximado de 1.500 millones, se han aprobado hoy, y el resto verán la luz más adelante.


En conjunto, la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven contará con una dotación económica de 3.485 millones de euros, entre las nuevas aportaciones del Estado y las del Fondo Social Europeo.


Opinión: Como todo en la vida, toda medida, consideración u opinión tiene dos vertientes o puntos de vista. Los sindicatos ya se han apresurado a "denunciar" estas medidas como "una continuación a la precaridad laboral"... en clara alusión a las E.T.T.´s. La patronal se felicita, ya que es una "aspiración" cumplida.


Como siempre..... el tiempo pondrá todo en su lugar, pero para los pequeños empresarios y profesionales, es una oportunidad de "oro" para empezar a dotar nuestros despachos, empresas o comercios de personas cualificadas y a un coste "laboral" muy reducido. !! ÁNIMO !!.

Empleo Joven y emprendimiento

El Gobierno aprueba incentivos al EMPLEO JÓVEN y al EMPRENDIMIENTO


Incluyen incentivar el primer empleo, reforzar la financiación a las empresas e instaurar la ampliación del plan de pago a proveedores.



La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado que las nuevas empresas y autónomos que se constituyan tendrán rebajas fiscales durante los dos primeros años de su actividad, según recoge el decreto-ley que publicará mañana el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entrará en vigor el domingo, en el que también se incluyen medidas de emprendimiento joven y de apoyo a la financiación empresarial.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, indicó que en el caso de las empresas de nueva creación, durante estos dos primeros años, tributarán en el Impuesto de Sociedades al tipo reducido del 15% hasta los primeros 300.000 euros de facturación y el resto, al 20%.

Por su parte, los autónomos que inicien ahora un negocio disfrutarán de una reducción del 20% de la tributación de los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros años, al tiempo que los desempleados que decidan establecerse como autónomos y perciban la prestación por desempleo como pago único quedarán totalmente exentos de tributar en el IRPF por esta compensación, frente a los 15.500 euros que están exentos en la actualidad.


Opinión: Todas estas medidas, esperadas desde Noviembre del pasado 2011... fecha en la que el Sr. Rajoy alcanzó la presidencia del gobierno, nos llenan de esperanza y optimismo ya que según los expertos hemos pasado del "recorte" a los "incentivos". Este cambio de formula, venga de donde venga, es la mejor garantía para promover, motivar y "animar" a la economía tan precaria que hemos tenido que "soportar" de la PYMES y microempresas españolas.

domingo, 17 de febrero de 2013

El Congreso aprueba la prórroga automática de la ayuda de 400 euros a los parados



La ayuda se prorroga en las mismas condiciones que se fijaron el pasado verano, en las que el subsidio se elevó hasta 450 euros para los parados con mayores cargas familiares.
El Pleno del Congreso ha convalidado este jueves el decreto ley que establece la prórroga del Plan Prepara y su renovación automática cada seis meses mientras el desempleo no baje del 20%. Lo ha hecho con los votos a favor de PP, CiU, PNV y UPyD, y el rechazo de PSOE, Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), Amaiur, BNG y Geroa Bai.

A pesar de que todas estas formaciones se habían ofrecido a cambiar su voto en contra por la abstención si se aceptaba tramitar el decreto como proyecto de ley -petición que han compartido todas las formaciones durante el debate-, finalmente la mayoría absoluta de los populares ha impedido ese trámite.

La ayuda se prorroga en las mismas condiciones que se fijaron el pasado verano, cuando el Gobierno decidió incrementar el subsidio hasta los 450 euros en el caso de los desempleados con mayores cargas familiares, manteniendo en 400 euros la ayuda para el resto.

El decreto incluye también cambios en el acceso al subsidio por desempleo o la renta agraria para los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura, que se han visto afectados por el descenso de producción del olivar a consecuencia de la sequía. El Gobierno ha decidido por ello reducir de 35 a 20 las jornadas mínimas cotizadas que son necesarias para poder acceder al subsidio.




Los españoles sufren una subida del IRPF



Los contribuyentes siguen pagando con su bolsillo y con gran esfuerzo la reducción del déficit público. De hecho, algunos trabajadores han notado a principios de año que cobran en términos reales menos que en 2012 a pesar de que su empresa le ha actualizado el sueldo con el IPC para que no pierdan poder adquisitivo muchos pensionistas y trabajadores. La subida media de los convenios ha sido del 1,3%. En el caso de los pensionistas, la subida ha sido del 1% para los jubilados que ganan más de 1.000 euros y del 2% para los que ganan menos de esa cuantía. En ambos casos los sueldos han aumentado menos que lo que se ha encarecido la cesta de la compra.
Además de subir los impuestos, el Gobierno (con la misma fórmula de la ex ministra Salgado desde 2009) ha decidido no actualizar la tarifa del IRPF con la inflación ni en 2012 ni en 2013 por la asfixia presupuestaria, lo que en la práctica se traduce en una subida encubierta de dicho impuesto.
Aunque es un término técnico, la palabra deflactar afecta al día a día de los trabajadores. Supone descontar a los tramos de la tarifa del IRPF la inflación prevista, para ajustar la renta al encarecimiento del nivel de vida. De esta manera, se evita castigar al contribuyente por partida doble: el IPC y el IRPF. Si esta medida no se aplica un trabajador corre el riesgo de pasar de un tramo a otro de la tarifa y, por tanto, pagar un impuesto más elevado sin haberse beneficiado de una mejora en el poder de compra.
Desde que comenzó la crisis fiscal en 2010 el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) estima que los españoles han pagado cerca de 7.000 millones adicionales por culpa de la inflación. La pérdida de poder adquisitivo será de 1.795 millones durante este ejercicio, según los cálculos que maneja Gestha.

lunes, 11 de febrero de 2013

Alquiler de inmuebles urbanos: Obligaciones formales y fiscales



La regla general es que los alquileres están sujetos y no exentos de IVA, y por tanto, que el arrendador tenga que repercutir el IVA en los recibos al inquilino para posteriormente ingresarlo en Hacienda.


Sin embargo, como veremos a continuación, la casuística es amplia.a.- Si el inmueble alquilado es un local o una vivienda utilizada para una actividad económica o profesional:Si el arrendador es una sociedad:Debe darse de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente: 861.2.Emitirá una factura mensual al inquilino en el que incluya como base el precio pactado en el contrato, repercutiendo el IVA correspondiente (21%) que ingresará en Hacienda trimestralmente mediante el modelo 303 y presentando el 390 anual, pudiéndose deducir el IVA soportado en las facturas de gastos necesarios para la obtención del alquiler.Si el inquilino es un particular que, por ejemplo, utiliza el local como almacén, no habrá más obligaciones fiscales adicionales para la empresa que incorporar en su declaración del Impuesto sobre Sociedades (IS), los rendimientos obtenidos por dicho alquiler, deduciendo los gastos necesarios.Pero si el inquilino es un empresario o profesional, u otra sociedad, éste tiene la obligación de retenerle en la factura un 21%, debiéndolo ingresar trimestralmente en Hacienda mediante el modelo 115 y presentar el 180 anual informativo.Por tanto, la factura quedará así: Base + IVA – Retención, siendo obligación del arrendador el ingreso en Hacienda del IVA y del arrendatario el de la Retención.Sólo en el caso de que el arrendador empresa esté exenta de retenciones, su factura será exclusivamente Base + IVA, pero para ello, habrá de entregar al arrendatario el Certificado de Hacienda donde así se acredite.Si el arrendador es un particular:Tendrá similares obligaciones formales y fiscales que el arrendador-empresa, además de haber tenido que darse de alta en el Censo de Empresarios (036), con la única salvedad de que los rendimientos obtenidos del alquiler, los incluirá en su declaración anual del IRPF y no del IS.Por tanto, su factura, si se realiza a un empresario, profesional o sociedad, deberá ser: Base + IVA – Retención, teniendo que presentar trimestralmente el modelo 303 de IVA y el 390 anual, e implicando para el inquilino la presentación a su vez, del 115 trimestral por las retenciones practicadas y el 180 anual, pues nunca podrá estar exenta de la práctica de la retención.b.- Si el inmueble alquilado es utilizado como vivienda habitual, no se debe repercutir el IVA en la factura, y como el arrendatario será un particular no obligado a retener (o una empresa que alquila la vivienda para sus trabajadores, exenta de esa obligación), no habrá de practicarse retención alguna, por lo que la factura constará únicamente del importe pactado en el contrato.Lógicamente, el resto de obligaciones fiscales serán similares al alquiler de locales: tributación por la diferencia entre los rendimientos obtenidos y los gastos deducibles necesarios para su obtención, ya sea en la declaración del IRPF o en del IS, dependiendo de si el arrendador es particular o empresa.



De todas formas sí que se puede hacer una factura de alquiler sin retención. Es en el caso de que el arrendador tenga bienes alquilados por valor superior al 1.000.000€. En este caso, con un justificante del arrendador de que cumple dichas condiciones, la factura va sin retención y el arrendatario no esta obligado a practicar la retención y pagarla religiosamente.





lunes, 4 de febrero de 2013

Nuevo plan para emprendedores

Los jóvenes autónomos cotizarán 50 € los 6 primeros meses


La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado hoy que la Estrategia para el Emprendimiento y el Empleo que prepara el Gobierno incluirá una "tarifa plana" de 50 euros en las cotizaciones sociales de los jóvenes emprendedores durante los primeros seis meses de la puesta en marcha de su  proyecto empresarial.

Esta tarifa se dirigirá a menores de 35 años que emprendan un negocio, los cuales  pagarán sólo 50 euros mensuales en cotizaciones, los seis primeros meses.

Transcurrido ese periodo de tiempo, los jóvenes autónomos disfrutarán de una reducción del 30% en sus cotizaciones sociales, durante dos años en el caso de los hombres de hasta 30 años y en el de las mujeres de hasta 35 años.

"Pondremos una alfombra roja para los emprendedores", ha dicho la ministra esta mañana en la cumbre sindical que con motivo del 40 aniversario de la Confederación Europea de Sindicatos se celebra en Madrid.

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