domingo, 6 de octubre de 2013

Tarifa plana de 50 € para autónomos, jóvenes y mayores de 30



Te explicamos la tarifa plana de 50 euros para autónomos:

Requisitos, cuantía de la cuota mensual según tramos y edad (tanto para menores como mayores de 30 años) así como la situación de la tramitación legal de la tarifa plana para mayores de treinta años, cuya entrada en vigor se ha producido el 28 de septiembre de 2013.

La tarifa plana para autónomos consiste en el pago mensual de 50 euros a la Seguridad Social en lugar de los más de 256 euros que constituyen la cuota mensual mínima. Se introdujo inicialmente en febrero de 2013 para nuevos autónomos menores de treinta años.

Debido a la fuerte reacción entre el colectivo de autónomos, a la cual nos sumamos explicando desde nuestro blog las razones para extender la tarifa plana a todos los autónomos, el gobierno ha extendido su aplicación a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad, medida que ha entrado en vigor el 28 de septiembre de 2013 con la publicación en el BOE de la Ley 14/2013 de de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Cabe destacar que el funcionamiento de la tarifa plana para mayores de treinta años es prácticamente similar al aplicable a los menores de 30 años. En este artículo te explicamos: 1. Requisitos de la tarifa plana para autónomos 2. Cuantía de la tarifa plana para autónomos 3. Situación de la tramitación de la Ley de Emprendedores

1.- REQUISITOS DE LA TARIRA PLANA PARA AUTÓNOMOS.
El Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo introdujo la tarifa plana para menores de treinta años.

El primer requisito es tener menos de 30 años en el momento del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.

Con la aprobación de la Ley de Emprendedores este requisito desaparecerá al extenderse la tarifa plana a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad. Los demás requisitos a cumplir para beneficiarse de la tarifa plana son:

• No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
• No emplear trabajadores por cuenta ajena. Además, ha quedado a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica ha dado lugar a dos requisitos adicionales:
• No ser administrador de una sociedad mercantil.
• No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).

Todo ello ha causado bastante controversia y denuncias en medios ya que estos criterios no estaban en la orden, sino en una circular interna de la Seguridad Social, lo cual ha provocado que muchos jóvenes autónomos que contaban con esa ayuda no hayan podido recibirla. También hay que precisar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar a la tarifa plana. No así en el caso de pluriactividad entre trabajo por cuenta propia y ajena, ya que Ley de Emprendedores introduce unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos para esos casos.

2.- CUANTÍA DE LA TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS.
La cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros quince meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad temporal:

• Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2013 se queda en 52,03 euros.
• Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2013 en 128,79 euros.
• Meses 13 al 15: 30% de reducción durante el siguiente trimestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2013 en 179,66 euros.

Los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 se benefician de la siguiente bonificación adicional: • Meses 16 al 30: 30% de bonificación adicional durante los 15 meses siguientes, con lo que la cuota se mantendría en 179,96 euros. En nuestro artículo sobre bonificaciones en el RETA puedes ampliar información sobre otras bonificaciones aplicables a personas discapacitadas y otros colectivos.

3.- SITUACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LA TARIFA PLANA PARA MAYORES DE 30 AÑOS. 
El Senado aprobó el pasado 11 de septiembre de 2013 el nuevo Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización tras incorporar al mismo dos enmiendas.

En su artículo 28 incluye recoge la extensión de la tarifa plana a los mayores de 30 años. Este Proyecto de Ley, que se ha tramitado por el procedimiento de urgencia, ha sido aprobado en el Congreso de los Diputados el 19 de septiembre.

Finalmente, el 28 de septiembre de 2013, ha sido publicada en el BOE la Ley 14/2013 de de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. La tarifa plana para mayores de treinta años está por tanto en vigor a partir de la fecha de publicación en el BOE. Si vas a darte de alta como autónomo próximamente y cumples los requisitos para acceder a la tarifa plana, ya puedes hacerlo aunque te recomendamos que si puedes esperes unos días, por ejemplo hasta mediados de octubre, para dar tiempo a que la Seguridad Social organice la implantación de la medida.

Fuente: 30/09/2013 (artículo elaborado y actualizado por Infoautónomos).

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